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Febrero 26, 2018
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El Segundo Circuito dice que la discriminación por orientación sexual está prohibida bajo el Título VII de la Ley Federal de Derechos Civiles
Declaración conjunta de GLAD y NCLR
NUEVA YORK—Hoy, el pleno del Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos determinó que, según el Título VII de la Ley Federal de Derechos Civiles, la discriminación por orientación sexual es discriminación "por razón de... sexo". El fallo en el caso Zarda contra Altitude Express revoca el precedente vigente en el Segundo Circuito que impedía a las personas lesbianas y gais presentar demandas por discriminación laboral en virtud del Título VII cuando eran objeto de discriminación en el trabajo por su orientación sexual.
GLBTQ Legal Advocates & Defenders (GLAD) y el National Center for Lesbian Rights (NCLR), en colaboración con WilmerHale, presentaron conjuntamente un escrito de amicus curiae en apoyo del difunto demandante, un hombre de Nueva York que interpuso una demanda por discriminación sexual en virtud del Título VII contra su empleador tras ser despedido por ser gay. Por su parte, el fiscal general de Estados Unidos, Jeff Sessions, presentó un escrito de amicus curiae argumentando que el Título VII no protege a las personas de la discriminación por orientación sexual.
“El fallo emitido hoy por el Segundo Circuito, junto con avances positivos en otros estados y circuitos federales, infunde esperanza de que las leyes de derechos civiles vigentes puedan ayudar a abordar la discriminación laboral que afecta a tantas personas LGBTQ+ en todo el país”, declaró Mary L. Bonauto, Directora del Proyecto de Derechos Civiles de GLAD . “Las opiniones mayoritarias y concurrentes demuestran contundentemente que la discriminación ‘por razón de sexo’ está presente al considerar la orientación sexual de una persona. En conjunto, este fallo se fundamenta en jurisprudencia consolidada sobre el trato discriminatorio hacia las personas por razón de sexo, sobre los estereotipos de género y sobre la penalización de las relaciones personales, como en los casos de trabajadores que mantienen relaciones con personas de otra raza. Asimismo, tiene en cuenta los cambios que el Congreso ha introducido en el Título VII a lo largo de los años, en parte como respuesta a decisiones judiciales que intentaron limitar su alcance”.
“El fallo de hoy reconoce que la discriminación por orientación sexual siempre implica discriminación por sexo, y tratar de establecer una distinción artificial entre ambas conlleva un trato injusto e inconsistente a las reclamaciones de los trabajadores”, declaró Shannon P. Minter, directora legal de NCLR . “Los tribunales federales reconocen cada vez más que los trabajadores LGBTQ tienen derecho a la protección contra la discriminación en virtud de la ley federal. El Congreso debería aprobar la Ley de Igualdad, que dejaría claro que estas protecciones abarcan a los trabajadores de todo el país”.
El fallo emitido hoy por el Segundo Circuito sigue a un fallo similar del año pasado en el caso Hively v. Ivy Tech Community College por parte del Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito, así como a la postura sostenida por la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de que los trabajadores lesbianas, gays y bisexuales están protegidos contra la discriminación por orientación sexual en virtud del Título VII.
Los empleados de seis estados (Illinois, Indiana, Wisconsin, Nueva York, Connecticut y Vermont, así como las Islas Vírgenes de los EE. UU.) Ahora tienen la garantía de contar con protecciones federales claras contra la discriminación por orientación sexual en el lugar de trabajo. La Corte Suprema de los EE. UU. Debería aprovechar la primera oportunidad que se le presente para actuar y hacer que esa comprensión del Título VII sea uniforme en todo el país.
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Mediante litigios estratégicos, defensa de políticas públicas y educación, GLBTQ Legal Advocates & Defenders trabaja en Nueva Inglaterra y a nivel nacional para crear una sociedad justa, libre de discriminación basada en la identidad y expresión de género, el estado serológico respecto al VIH y la orientación sexual.
El Centro Nacional para los Derechos de las Lesbianas es una organización legal nacional comprometida con el avance de los derechos humanos y civiles de la comunidad lesbiana, gay, bisexual y transgénero a través de litigios, defensa de políticas públicas y educación pública. www.NCLRights.org








