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9 de septiembre de 2024 

CONTACTO Malkia Hutchinson, Centro Nacional para los Derechos de las Lesbianas | mhutchinson@nclrights.org

El Noveno Circuito confirma la decisión del tribunal de primera instancia que bloquea la aplicación de la ley de Arizona que prohíbe a los estudiantes transgénero participar en deportes

En una decisión unánime, un panel de tres jueces del Noveno Circuito confirmó una decisión de un tribunal de primera instancia que bloqueaba la aplicación de la ley de Arizona que prohíbe que las niñas transgénero de las escuelas públicas jueguen en cualquier equipo femenino. El caso fue presentado por dos niñas transgénero que están recibiendo tratamiento médico por disforia de género, el término médico que se usa para referirse a la angustia que se experimenta cuando el sentido innato de género de una persona no coincide con su sexo de nacimiento. El tribunal de primera instancia consideró un extenso testimonio de expertos médicos que explicaron que las demandantes en este caso no tienen ninguna ventaja atlética sobre otras niñas y dictaminó que la ley de Arizona tiene un alcance demasiado amplio.  

“El fallo de hoy del Noveno Circuito es un alivio para nuestra familia”, dijo Helen Doe, madre de la demandante Jane Doe. “Gracias a este fallo, nuestra hija podrá seguir jugando con sus amigas, hacer nuevas amistades y disfrutar de todos los beneficios que ofrecen los deportes escolares”.

“Megan está eufórica y enormemente aliviada al saber que la decisión del tribunal le permite practicar el deporte que ama en el equipo que siempre la ha acogido como una más. Tras haberla visto florecer durante la última temporada, tanto como atleta como joven, su padre y yo estamos profundamente agradecidos a todo el equipo legal que ha luchado con tanto ahínco por su derecho fundamental a jugar en el equipo al que claramente pertenece”, declaró Kate Roe, madre de la demandante Megan Roe.

“Nos complace el fallo emitido hoy por el Noveno Circuito, que dictaminó que la ley de Arizona probablemente viola la Cláusula de Igualdad de Protección y reconoce que la condición de persona transgénero de un estudiante no es un indicador preciso de su capacidad atlética ni de su ventaja competitiva”, declaró Rachel Berg, abogada del Centro Nacional para los Derechos de las Lesbianas.

Como resultado de la decisión de hoy, las dos niñas podrán seguir jugando en equipos femeninos mientras el caso avanza a juicio.       

Los demandantes están representados por el Centro Nacional para los Derechos de las Lesbianas (NCLR), Debevoise & Plimpton LLP y Osborn Maledon PA 

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El Centro Nacional para los Derechos de las Lesbianas (NCLR) es una organización legal nacional comprometida con la promoción de los derechos humanos y civiles de la comunidad lesbiana, gay, bisexual, transgénero y queer a través de litigios, defensa de políticas públicas y educación pública. Desde su fundación, NCLR ha mantenido un compromiso de larga data con la justicia racial y económica y con las personas más vulnerables de la comunidad LGBTQ+. www.nclrights.org