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A Guadalupe “Lupita” Benítez se le negó el tratamiento de infertilidad por parte de sus proveedores de atención médica del sur de California porque es lesbiana. El tribunal de primera instancia rechazó la afirmación de los médicos de que no tienen que seguir la ley contra la discriminación de California porque tienen objeciones religiosas para atender a pacientes lesbianas. El 5 de diciembre de 2005, la Corte de Apelaciones revocó esta decisión y dijo que los médicos debían tener la oportunidad de demostrar que su negativa a tratar a Benítez no se basó en su orientación sexual. Benítez apeló la decisión ante la Corte Suprema de California, y NCLR presentó un escrito de amicus curia en apoyo de Benítez, quien fue representado por Lambda Legal.
En una opinión unánime emitida el 18 de agosto de 2008, la Corte Suprema de California revocó la decisión de la Corte de Apelaciones y confirmó la decisión original de la corte de primera instancia. La Corte Suprema sostuvo que las leyes contra la discriminación regulan la conducta discriminatoria, no el discurso o las creencias, y que los proveedores médicos no pueden violar esas leyes basándose en objeciones religiosas afirmadas para brindar servicios a las personas LGBTQ.
La petición de la oposición para una nueva audiencia fue denegada en octubre de 2008.