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Casos y defensa

Distrito Escolar Local de Highland contra el Departamento de Educación de EE. UU.

Jane Doe era una niña transgénero de 11 años de las escuelas locales de Highland. Durante los tres años anteriores, el Distrito se negó a tratarla como mujer a todos los efectos, lo que provocó que fuera condenada al ostracismo y provocara frecuentes acoso y humillación por parte de los maestros, el personal y los estudiantes. Luego de una investigación, el Departamento de Educación de los Estados Unidos concluyó que el Distrito está violando el Título IX. Pero en lugar de intentar remediar esa situación, el distrito escolar demandó al gobierno federal, alegando que el gobierno federal no tenía la autoridad para emitir la guía de mayo de 2016 sobre estudiantes transgénero y que la ley federal no protege a los estudiantes transgénero.

El 21 de julio de 2016, luego de que fracasaran sus múltiples intentos de resolver este asunto sin litigio, Jane y su familia intervinieron en la demanda presentada por el Distrito y, al mismo tiempo, demandaron al Distrito por discriminarla. Además, Jane Doe presentó una Moción de orden judicial preliminar solicitando que el Tribunal ordene al Distrito que permita a Jane usar el baño de niñas mientras la demanda estaba pendiente.

El 26 de septiembre de 2016, el juez Algenon L. Marbley, un juez de la corte federal en Ohio, ordenó al Distrito Escolar Local de Highland que tratara a Jane Doe "como la niña que es", requiriendo específicamente que el distrito escolar le permitiera usar los ir al baño y usar su nombre y pronombres femeninos cuando se refiera a ella. En la orden, el juez Marbley dictaminó que la ley federal requiere que los tribunales se sometan a la orientación del Departamento de Educación sobre los jóvenes transgénero y que las leyes federales de discriminación sexual, como el Título IX, prohíben la discriminación contra los estudiantes transgénero. La opinión rechaza cada uno de los argumentos planteados por el Distrito de las afirmaciones de que permitir que Jane use el baño de niñas violaría los derechos de otras niñas que usan esas mismas instalaciones y que el término "sexo" se limita a los cromosomas y la capacidad reproductiva.

El 15 de diciembre de 2016, la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito rechazó la moción del Distrito de suspender la orden del juez Marbley en espera de la apelación. Al igual que el juez Marbley, el panel de mociones "no estaba convencido de que [el Distrito] haya realizado la demostración requerida de probabilidad de éxito en la apelación". El Tribunal reiteró que la discriminación contra estudiantes transgénero es una forma de discriminación sexual y está prohibida por la ley federal. El Tribunal también acordó que otorgar la suspensión no sería apropiado dado el daño significativo e irreparable que causaría Jane Doe. Específicamente, "suspender la orden judicial interrumpiría la mejora significativa en la salud y el bienestar de Doe que ha resultado de la orden judicial". Poco después de esa decisión, las partes pudieron resolver el caso de manera amistosa.